Número 8

43 culturales” que, más bien, les ha dejado millonarias ganancias a esos artistas, a las empresas OCESA-Televisa y Ticketmaster e inclusive a la propia Presidencia de la República como fue el caso de la cena- show de Elton John en el Castillo de Chapulte - pec, con el que Marta Sahagún de Fox se embolsó 100 millones de pesos. Por otra parte, exigimos que la Ley de Servicio Civil de Carrera contenga un adenda donde se deje excluido al INAH de participar en dicho ordenamiento dado que su aplicación en nuestra institución ha resultado totalmente lesiva a las funcio - nes sustantivas del INAH, ya que le abrió la puerta a personas totalmente ajenas a los quehaceres antropológicos e históricos y que, por lo mismo, han afectado las materias sustantivas del Instituto desde los denominados centros regionales y mu - seos hasta los mandos medios y superiores de la administración central. Ese perso - nal ha usurpado funciones y atribuciones en claro y obvio detrimento de los bienes nacionales arqueológicos e históricos, así como de las demás funciones sustantivas que le han sido encomendadas a nuestra institución. Por otra parte denunciamos los innumerables intentos de la Dirección General del INAH y de los mandos medios para desconocer y minusvalorar los proyectos de investigación y protección efectiva de las zonas arqueológicas e históricas y de las investigaciones antropológicas o históricas, a través del regateo de los presu - puestos y apoyos jurídicos para lograr su cabal cumplimiento, lo cual pasa por la integración de “consejos” formados exclusivamente por la Dirección General del INAH, donde los profesores-investigadores de base son excluidos de cualquier tipo de toma de decisiones. La imposición de dichos “consejos” se orienta al establecimiento de criterios discrecionales de la Dirección General alejados de las funciones sustantivas del INAH; a romper la bilateralidad reconocida en nuestras Condiciones Generales de Trabajo y en la propia Ley Orgánica del INAH y en el intento de desnaturalizar las observaciones y acciones emitidas por la Auditoria Superior de la Federación en su revisión de la cuenta pública del 2006 (Resultado Núm. 25 Observación 1; acción emitida 06-0-11D00-07-074-07-013 y 06-0-11D00-07-074-07-016) Por lo anterior y otras muchas acciones ilegales e ilegitimas que ha emprendido la Dirección General del INAH en contra del espíritu y letra de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos vigente y la Ley Orgá - nica del INAH, que va en claro y obvio detrimento de lo antropológico e histórico encomendado al INAH, solicitamos a la Auditoria Superior de la Federación una auditoria integral tanto del marco normativo que afecta o incide sobre las leyes que le dan sustento y proyección social a nuestra institución, así como del manejo y operación de los recursos que ha tenido esta administración. Atentamente por el Comité Ejecutivo de la Delegación Sindical de Profesores Investigadores del INAH DII-IA-1 del SNTE. Secretario General Historiador Felipe I. Echenique March.

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