Número 14
23 zompa 4 me percaté del alto número de construccio - nes modernas hechas dentro del perímetro priorita- rio de protección o zona A del polígono de la zona arqueológica de Monte Albán, desde el taller y bo - dega de materiales arqueológicos, baños, parador tu - rístico y campamento periférico, y más baños (según esto sanitarios ecológicos), construidos con piedra, adobe, metal, madera, teja y planchas de concreto con zapatas de cimentación y cadenas de amarre 5 . Esto sí que llama la atención dado que suponen los especialistas que dentro de los límites de ese po - lígono no deben establecerse construcciones. El caso es que los habitantes y propietarios de los terrenos comunales a los que se les ha impuesto el famoso Polígono de Protección, no pueden usar sus tierras sino para el pastoreo y a la fecha aún no se les in - demniza de acuerdo con el marco legal vigente en la materia (véase el caso los problemas que de quince 4 No se me permitió el paso a la cima de la zona arqueo- lógica por la custodia que ahí cierra los accesos, por instruc- ciones superiores 5 Si consideramos que el argumento de moda para estos casos es decir que son construcciones reversibles, me pre- gunto cómo esta falacia opera en la mente de nuestro per- sonaje cuando lo esgrime ya que la reversibilidad no puede aplicarse a estas modernas construcciones debido a que fueron hechas con recursos públicos autorizados y reque- riría un permiso especial de la Tesorería de Hacienda para demolerlos ya que se constituyen como obra pública. Por otra parte la reversibilidad de tales construcciones incluye varios aspectos uno de ellos es que habría que demolerlos hasta los cimientos. Lo que no es reversible es la excavación realizada para su construcción en zona de vestigios arqueo- lógicos que obviamente ya fue alterada irremediablemente no con fines de investigación (sólo de paso) sino para efec- tuar tales construcciones. Por ello deberán hacerse respon- sables a estos desfuncionarios quienes como consecuencia de su actuación se ganarán las sanciones administrativas del caso y las imputaciones penales que den lugar dada la deliberada destrucción de monumentos arqueológicos que han realizado en diversas localidades. años a la fecha aún no puede resolver nuestra Coor - dinadora Nacional de Arqueología con respecto a los justos reclamos de los comuneros de Santa Cruz Xoxocotlán y de San Martín Mexicapam ambos en el cerro de Monte Albán). Si durante los más de quince años que la Sra. Ro - bles fungió como miembro del Consejo de Arqueolo - gía y Directora de la Zona Arqueológica de Monte Al - bán se hubiesen destinado la mitad del presupuesto del tristemente célebre Plan de Manejo a la compra directa de tierras comunales, la solución del sempi - terno problema de la tenencia de la tierra ya estaría minimizada. Consideren ustedes que el presupuesto del Plan de Manejo de la zona Arqueológica de Mon - te Albán es dos terceras partes mayor que el de todo el Centro INAH Oaxaca y sin embargo el problema principal de la zona no lo resuelven y así mantienen el área de conflicto para perpetuar a los mismos fun - cionarios en el cargo. Política a la oaxaqueña. 6 El caso es que hoy día la rehabilitación de la zona 6 Fué notoria la puesta a disposición ante el Ministerio Pú- blico Federal a la Sra. Alba Hernández, entonces Presidenta del Comisariado de Bienes Comunales de San Martín Mexi- capan, a quien se le metió a la cárcel con la acusación (nunca probada) de haber destruido deliberadamente vestigios ar- queológicos en la entrada (la Y) de Monte Albán, cuando co- loco un puesto de garnachas y refrescos sobre el pavimento de la carretera en la temporada alta de verano en vacaciones y hacerse de unos centavos. La fabricación de pruebas fue notoria y prevaleció a pesar de ser por completo falsas. Lo mismo sucedió recientemente con los comuneros de Santa cruz Xoxocotlán a quienes el INAH Oaxaca metió a la cárcel sin derecho a fianza por destrucción de patrimonio arqueo- lógico en Monte Albán, la acusación se apoyo en una denun- cia por incendio de las laderas del cerro. En ambos casos los pagos que erogaron ambos grupos de comuneros fueron cuantiosos. A la fecha la relación del INAH con las comunidades vecinas de Monte Albán son extremadamente delicadas y no es cosa menor si conside- ramos que los derechos originarios sobre sus tierras llegan hasta la Plaza Principal.
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