Número 25
10 los criminales, ni para reparar los daños. 8 Actualmente a esta organización, la CRAC-PC, pertenecen 108 comunidades, formando un sistema de protección y defensa comunitario. Cuenta con un reglamento que establece, por ejemplo, en su artí - culo 40 relaciones con las demás instancias del po - der público y formal bajo los principios de respeto mutuo, coordinación en el trabajo y tolerancia. No son parte del Estado ni se han subordinado al mis - mo. Es una organización comunitaria exitosa que ha logrado bajar en un 90% los índices de delincuencia en su zona de influencia, así como prácticamente detener la penetración del narcotráfico, ya que para incorporarse a la CRAP-PC las comunidades deben renunciar y denunciar esta actividad. Su actuación está fincada en valores comunitarios de larga tradi - ción cultural mesoamericana, en donde existen di - versidad de experiencias de defensa, vinculadas a su territorio 9 y que, además, se encuentran amparadas por legislaciones nacionales e internacionales que les reconocen derechos colectivos, como su dere - cho a organizarse e impartir justicia (artículo 2º de la Constitución mexicana) y sobre todo en el Conve - nio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, firmado por México en 1991, posteriormente garantizado a partir de las reformas del artículo 1º constitucional en materia de derechos humanos en 8 Ibídem, pág. 36 9 “…las policías comunitarias son una realidad en todo el país, tienen historia y son de diversos tipos. En el norte…exis- ten las guardias tradicionales de los pueblos Seri y yaqui con una estructura militar producto de la influencia jesuita sobre ellos, pero también de las largas luchas que el Estado mexicano les declaró en el siglo XIX. Por el sur del país existe la guar- dia tradicional maya que resguarda a Chan Santa Cruz, en el municipio de Carrillo Puerto…Se trata de prácticas milenarias y hasta ahora no se sabe que se hayan convertido en paramili- tares”. López Bárcenas, Francisco. Policías comunitarias, gru- pos de autodefensa y paramilitares. Diario La Jornada, 22 de febrero de 2013, pág. 25. 2011. 10 Para el caso del estado de Guerrero, la exis - tencia de las policías comunitarias se sustenta tam - bién en la Ley 701 del mismo estado, en donde se indica que cualquier municipio que tenga el 40 por ciento más uno de población indígena originaria tie - ne el derecho de implementar su gobierno por usos y costumbres y por la consulta, que no es otra cosa que la asamblea. 11 Los valores comunitarios que respaldan a esta organización son: la elección en asamblea de sus in - tegrantes, por tanto están expuestos a una constan - te vigilancia colectiva que exige transparencia y ren - dición de cuentas. Las medidas que han tomado para la resolución de los delitos persiguen la armonización social y búsqueda de acuerdos, evitando las senten - cias carcelarias a cambio de procesos de trabajo co - munitario rotativo entre las distintas comunidades y un proceso de reeducación. La tarea de reeducación está a cargo de los Principales, los cuales imparten pláticas nocturnas a los detenidos, con el objetivo de que retomen los valores que les permitan reintegrar - se a sus comunidades. La eficacia está probada por las cifras arriba mencionadas. Olinalá, Guerrero: registro etnográfico de la formación de su policía comunitaria Olinalá es la cabecera del municipio del mismo nom - bre, situado en La Montaña de Guerrero, también conocida como la zona de la mixteca-nahua-tlapane - ca por la presencia, en los municipios que la confor - man, de tres de los cuatro pueblos originarios que existen en Guerrero. Olinalá es un pueblo cuyo rasgo 10 Ejemplos de lo enunciado son: Las regiones autónomas zapatistas en Chiapas con sus caracoles, la autonomía purépe- cha en Cherán, y la propia CRAP-PC, la Policía Comunitaria de Temalacatzingo, municipio de Olinalá, Guerrero de muy re- ciente creación. 11 Torres, Gonzalo. Comandante de la UPOEG. (Tomado del video Vigilantes mexicanos se levantan contra la delincuencia). Suplemento, La jornada del Campo, 18 de mayo de 2013, pág. 10.
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