Número 39 Suplemento

XV DELEGACIÓN D-II-IA 1 INAH 11 arqueológicas, (prospección, excavación, restauración, etcétera) dejarían de ser los científicos y técnicos que ahora rigen y se impondrían criterios para su usufructo mercantil que buscarían adaptarlos como escenarios para espectáculos turísticos, lo que afectaría tanto su preservación física como el carácter educativo y el significado histórico y simbólico de esos bienes nacionales. Aunado a ello, la mercantilización del patrimonio cultural inmaterial acentúa su transformación en espectáculos para la oferta turística afectando su valor cultural, ya que trastocan su significado simbólico. Además del uso mercantil del patrimonio cultural se abre la puerta a su usufructo privado, principalmente, en el ámbito de la industria turística. El turismo sin control es un peligroso depredador de los sitios y monumentos patrimoniales, como sucede con el programa “Pueblos Mágicos”, que en mucho s lugares ha alterado tanto los centros y monumentos históricos en su autenticidad, como las tradiciones locales en su significación cultural, para vender un producto atractivo al turista ingenuo, situación que va en detrimento de los más altos valores históricos, educativos e identitarios de la Nación. El Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México, en su informe del año 2003, expresa su preocupación por “ establecer criterios para mantener un acceso público irrestricto a las zonas arqueológicas, de modo que se evite que la propiedad privada ejerza un derecho de usufructo que resulta en la alteración del carácter público de estos bienes del patrimonio cultural .” 45 Lo anterior confirma las sospechas de intentos por explotar comercialmente ese patrimonio. Adicionalmente, el posible surgimiento de Patronatos que tomen en sus manos museos, galerías y eventualmente monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y paleontológicos con objeto de obtener ingresos por su conservación y exhibición, permitiría a los empresarios la evasión fiscal mediante la deducción de impuestos por donativos recabados de la población. Lo anterior pondría en manos privadas el patrimonio público y, tal vez, limitaría el acceso de la población a su disfrute y el control institucional sobre su conservación, investigación y divulgación. 8 IMPACTO PRESUPUESTAL Desde el punto de vista presupuestario, la creación de una Secretaría de Cultura en estos momentos debe analizarse desde tres ángulos que están estrechamente relacionados: el impacto presupuestal de su propia fundación, el anunciado Presupuesto Base Cero y el recorte presupuestal a las diversas dependencias federales con motivo de la crisis económica y la caída del precio del petróleo. Al anunciar la propuesta para crear esa Secretaría, el Presidente de la República afirmó que no tendrá impacto presupuestal pues es resultado del análisis del Presupuesto Base Cero y que, 45 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los De rechos Humanos en México. 2003, “Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México”, Capítulo 4.7.8. La Educación y la Cultura.

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