Número 39 Suplemento

VI DELEGACIÓN D-II-IA 1 INAH 2 internacionales signados por el país y tener como objetivo el bienestar social, además tiene que ser producto de una amplia y profunda discusión nacional que no debe acotarse al tiempo de aprobación del Paquete Económico de 2016, es decir, al 15 de noviembre del presente año. Tomando en cuenta que en la elaboración de la Iniciativa no se consultó a especialistas ni a sectores de la población interesados en el tema, con el objetivo de participar en ese debate presentamos este documento. Después de analizar detalladamente la Iniciativa, los profesores de investigación científica y docencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), agrupados en la Delegación D-II-IA-1, de la Sección 10 del SNTE, exponemos y fundamentamos nuestra demanda de que el H. Congreso de la Unión, y en lo particular, la H. Cámara de Diputados como Cámara de Origen deseche tal Iniciativa . En su lugar, es indispensable y urgente legislar sobre una Ley Reglamentaria de los Artículos 4º, párrafo Décimo Segundo y 73, fracción XXIX-Ñ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El presente documento sintetiza los argumentos que cimientan nuestra posición, divididos en 13 temas, Conclusiones y Propuestas: 1. Improcedencia e inconsistencia legislativas 2. Inadmisible disolución de la unidad educación-cultura 3. Contradicción con el artículo 3º Constitucional 4. Violación a los Derechos Humanos sobre educación y cultura 5. Objetivos encubiertos 6. Tentativa de explotación intensiva del patrimonio e infraestructura culturales 7. Afectaciones al patrimonio cultural de la Nación 8. Impacto presupuestal 9. ¿Promesas o austeridad? 10. Concentración excesiva de poder en un individuo 11. Afectaciones al INAH 12. Afectaciones laborales 13. Iniciativa contradictoria, sin fundamento académico ni consecuencia lógica ANÁLISIS TEMÁTICO DE LA INICIATIVA 1 IMPROCEDENCIA E INCONSISTENCIA LEGISLATIVAS Este proyecto de reformas rompe la lógica legislativa que exige un procedimiento deductivo. Tal procedimiento se inicia con un Proyecto de Nación, éste queda plasmado en la Constitución, de ella se derivan las leyes reglamentarias de los aspectos a normar y, finalmente, se establecen las instituciones facultadas para aplicar las leyes correspondientes. Las políticas públicas son las formas en que los gobiernos aplican la normatividad vigente a través de sus dependencias administrativas. La Iniciativa trastoca totalmente este procedimiento. Sí existe el Proyecto de Nación en el aspecto de educación-cultura y se concreta en la Constitución, por una parte, en los artículos 3º, 4º y 73 fracción XXIX-Ñ y, por la otra, en el artículo 73 fracción XXV. Esta última fracción, ya tiene Ley Reglamentaria e instituciones que la aplican y se refiere a las funciones exclusivas del

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