Número 43
42 La centralización habría requerido forzosamente una división en las dife- rentes formas de trabajo (intelectual y producción directa) y habría llevado a la diversificación y especialización de las unidades domésticas tradicionales de los grupos tribales, así como en los intereses al interior de éstos. Es decir, la forma que habría adquirido la organización so- cial de estos grupos, la centralización, habría sido contraria al interés por la propiedad comunal. Conflicto y resistencia El conflicto lo definimos como la “incom - patibilidad de intereses entre actores” (Rondo 2006: 15). Es importante separar la naturalidad del conflicto entre seres hu - manos, que resulta por el hecho de existir con necesidades distintas, al de la existen- cia normalizada de la violencia y la guerra, los cuales son resultado de la imposibili- dad de resolución de los conflictos (Rondo 2006). La coexistencia entre lo propio y lo otro es la relación en la que se sostiene his- tóricamente el conflicto intertribal. El haber ejercido propiedad sobre re- cursos específicos 3 –objetos de trabajo– condicionó los límites de la propiedad colectiva, pues la reproducción social de lo propio chocó con la existencia e intere- ses de los otros . Así, la existencia concreta de cada grupo estableció los límites de lo general de la propiedad colectiva. Sin em- bargo, no creemos que el choque de inte- reses entre tribus, el conflicto intertribal, 3 Como condición necesaria para la reproducción de las co- munidades tribales. Tablero de los Esclavos, Palenque, Chiapas. Fotografía: Israel G. Ozuna García
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