Número 49

40 que sí podemos investigar. Observar las dinámicas socioculturales que sur- gen en los espacios donde se ejecutan las políticas públicas alimentarias se vuelve indispensable para subrayar, desde las realidades concretas, la necesidad de incorporar la dimensión cultural dentro de las acciones que desarrolla el Estado. Tal es el caso de los comedores comunitarios, en donde se justifica la investigación antropológica como un paso necesario para la proposición de alternativas que permitan que, en el ejercicio del derecho a la alimentación, no se vulnere el derecho a la cultura propia. En la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organiza- ción de las Naciones Unidas se reconoce que la garantía y protección del derecho a la alimentación y del derecho de acceso a la cultura son parte de las responsabilidades que los estados miembros tienen con respecto a sus ciudadanos (Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, 1948). En México, para otorgarle un carácter constitucional a estos dere - chos, se adicionaron al artículo 4° el derecho de acceso a la cultura (Diario Oficial de la Federación, 2009) y el derecho a la alimentación (Diario Oficial de la Federación, 2011). De acuerdo con Boltvinik (2012), desde finales de la década de 1980, los programas de desarrollo social del gobierno federal, como Solidaridad, Progresa y Oportunidades, se han centrado exclusivamente en las personas en condición de pobreza. No obstante, es posterior a la reforma del 2011 Figura 5. Múltiples raciones de carbohidratos en menú de comedor comuni- tario de la Ciudad de México (2016). Foto: Memo Bautista. Tomada de https:// munchies.vice.com/es/article/ypxb3y/asi-funcionan-los-comedores-comunita- rios-en-la-ciudad-de-mexico

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